Bandos
El bando tiene como función recordar la observación y el cumplimiento de una disposición legal o reglamentaria, según la normativa vigente, y responde a hechos o razones concretos y coyunturales.
La Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/85, en su artículo 84, habla de los Bandos como un medio que tienen las Corporaciones Locales para intervenir la actividad de los ciudadanos.
El contenido de los bandos irá referido a asuntos que afectan al municipio y a los vecinos y versa sobre la salubridad e higiene, urbanismo, educación, policía y orden público, vigilancia y control del comercio y las industrias locales, fiestas y festividades, calendario de cobro de impuestos, etc. La facultad de dictar los bandos es competencia indelegable del Alcalde.
Lista de Bandos
Para cualquier consulta de nuestra competencia, puede ponerse en contacto con nuestra entidad a través de:
Correo postal:
Ayuntamiento de Berrocal
Plaza de Andalucía, 1
C.P. 21647 Berrocal
Teléfono y Fax:
(+34) 959 577 007